¿Te interesa iniciar tu negocio de cosméticos o suplementos alimenticios?
Sabemos muy bien que en ocasiones los negocios pueden tener diferentes tipos de giros y de objetivos, sin embargo, sí tu negocio se encuentra enfocado a la industria de los cosméticos y los suplementos alimenticios es importante que sigas leyendo para qué sepas qué tipo de permisos vas a necesitar para poder trabajar cumpliendo la Ley.
De acuerdo con lo establecido en la Ley General de Salud, es importante dar aviso a la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios de que vas a comenzar con tu negocio de cosméticos, pero esto no aplica en todos los casos, ¿cuándo aplica?
En aquellos casos en que tu vayas a fabricar tus propios productos, es necesario tener en consideración que para este caso, deberás cumplir con una serie de normas sanitarias y de disposiciones establecidas en Ley, como lo es, contar con los estudios de que tus productos no afectan al ser humano, protocolos de investigación que señalen que realmente hacen lo que dices que hacen, estudios que indiquen el valor nutricional de los productos (únicamente para suplementos alimenticios) y además no deberán estar probados en animales. De igual manera aplica para la venta en grandes cantidades de tu producto (al por mayor), y ante la falta de claridad en la Ley y para subsanar una laguna, nosotros recomendamos también hacerlo cuando comercializas por internet.
Sin embargo, en aquellos casos en que lleves a cabo la venta en tiendas en una menor escala o con atención al público, deberás presentar otro tipo de aviso, pero ante la Secretaría de Salud de tu entidad federativa.
No te quedes sin desarrollar tu idea, nosotros te ayudamos a que consigas el aviso correspondiente y que cumplas con la Ley, recuerda que dicho aspecto es importante para garantizar que puedas llegar a venderles a clientes más grandes